Certificado de discapacidad y pensión por discapacidad

En AISS ofrecemos información y ayuda para la obtención del certificado de discapacidad y la pensión por discapacidad.
Estos certificados son el reconocimiento administrativo de la discapacidad y su propósito es compensar las desventajas sociales que la discapacidad implica, proporcionando acceso a derechos y prestaciones de distinto tipo.
Recientes cambios por parte de la Junta Electoral Central establecen que el certificado de discapacidad es necesario presentarlo si la persona con discapacidad quiere eximirse de la obligación de estar presente en una mesa electoral tanto de presidente como de vocal.
El Certificado del Grado de Discapacidad es un documento administrativo que reconoce a su titular la condición de persona con discapacidad en el grado que determinen los porcentajes de valoración aplicados.
Este certificado nada tiene que ver con la incapacitación civil (invalidez). Es un instrumento que podemos utilizar para satisfacer necesidades personales y sociales, facilitando el acceso a determinados derechos y beneficios reservados a personas con discapacidad. Por lo tanto, siempre resulta beneficioso solicitarlo.
La pensión por incapacidad tiene por objeto otorgar una protección especial a las personas que resulten incapacitadas.
Los organismos competentes para otorgar el certificado de discapacidad serán los responsables del órgano correspondiente de las Comunidades Autónomas a quienes hubieran sido transferidas las competencias en materia de valoración de situaciones de discapacidad y calificación de su grado. Son estos organismos los que otorgan dicho certificado.
Beneficios de la pensión por incapacidad y del certificado de discapacidad
En cuanto al certificado de discapacidad, los principales beneficios y ventajas a favor de las personas discapacitadas que este certificado otorga son los siguientes:
- IRPF: se contemplan una serie de reducciones en la base liquidable del impuesto considerando la condición de discapacitado del contribuyente o de ascendientes o descendientes de éste.
- IVA: en vez de pagar el 16% de IVA por la adquisición de un vehículo para el uso de personas discapacitadas se paga el 4 %.
- Exención en el impuesto de matriculación de vehículos.
- Exención en el impuesto de circulación de vehículos.
- Compra de vivienda:se establece una ayuda para la compra de viviendas de protección oficial.
- Otras ventajas:
- Bono taxi.
- Zonas de aparcamiento reservado.
- Ayuda domiciliaria en caso de precisar apoyo de terceras personas.
- Ayudas para la adquisición de sillas de ruedas y otro material ortopédico.
- Las personas que tienen valorada la dependencia pueden aportar la factura de nuestros servicios de AISS a la Administración con el fin de que les abonen o financien la parte proporcional que corresponde según su grado.

Recuerde que el equipo jurídico de AISS esta a su disposición si lo que necesita es información o ayuda en las gestiones para la obtención del certificado de discapacidad o la pensión por discapacidad.¡LLAMENOS HOY!
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