Evitemos los estigmas

Hay señales que nos facilitan la identificación de los afectados

La Razón - Diario de Noticias de España y Actualidad

Este 10 de octubre celebramos el Día Mundial de la Salud Mental, una fecha que supone también una ocasión para que los profesionales del ámbito social y sanitario nos movilicemos en concienciar a la sociedad sobre la situación de las personas que padecen una enfermedad mental. Este año 2019, con el lema “Conecta con la vida” el mensaje se centra en la prevención del suicidio. El Slogan va como anillo al dedo a España ya que en nuestro pais, 10 personas se suicidan cada día, un dato que debe hacernos pensar.

Los profesionales desempeñan un papel fundamental en la concienciación y en la formación para la prevención: cerca del 90% de los suicidios están vinculados con una enfermedad mental.

En mi opinión el primer paso que ha de dar una persona con un trastorno mental (o que detecta determinados síntomas y entiende que algo no va bien) es pedir ayuda a los especialistas. No recurrir al apoyo profesional puede derivar en situaciones ligadas a conductas suicidas como son el aislamiento en todos los ámbitos de la persona ya sea social, laboral o afectivo, la falta de esperanza, abandono personal, falta de objetivos, el sentimiento de no servir para nada, e incluso en algunos casos las propias amenazas de suicidio. Tengamos en cuenta que el suicidio, o la amenaza de este también afecta a las personas más próximas, pudiendo ser el efecto más traumático por el que pasa una familia a lo largo de su vida.

¿Por qué en tantas ocasiones las personas afectadas por una enfermedad mental no piden ayuda?

Uno de los mayores enemigos que sufren las personas con trastorno mental grave y sus familias es el estigma asociado a las patologías mentales y que se traduce en aislamiento absoluto, falta de integración laboral e incluso en algo tan importante como la propia aceptación de la enfermedad por miedo al rechazo.

Como sociedad, debemos no discriminar a las personas que sufren una patología mental y hablar abiertamente sobre ello para poner soluciones, aunque eso nos lleve a aceptar una parte de fracaso como sociedad. No olvidemos que las tasas de suicidio son más elevadas en los grupos vulnerables y sujetos a mayor discriminación.

La prevención del suicidio por tanto ha de ser integrada desde los diferentes ámbitos, no sólo desde el sector socio-sanitario, sino también desde el ámbito de la educación, de la justicia y del empleo. También con el respaldo de los medios de comunicación que juegan un papel determinante haciendo un uso responsable del lenguaje en la comunicación que emplean a la hora de hablar de personas con enfermedad mental.

Desde AISS, entidad que fundé hace más de 20 años, queremos romper con el modelo estigmatizado de Salud Mental y los falsos tópicos: nuestros pacientes no viven aislados, sino en pisos tutelados integrados en comunidades de vecinos, en los lugares más céntricos de nuestra ciudad llevando una vida plenamente integrada y normalizada, recibiendo diariamente apoyo profesional especializado. Lo que demuestra que es posible, si queremos conseguirlo.

Salud Mental: Por qué incentivar el copago público-privado

Por Ana Villota. Publicado en Acta Sanitaria.

actasanitaria

Uno de los apoyos con que cuentan en la Comunidad de Madrid los afectados por enfermedad mental es el ‘cheque servicio’, destinado a apoyar la financiación del servicio privado elegido para la asistencia. Se trata de un medio poco conocido, pero que sirve a la autora para defender, a través de una especie de copago, la colaboración público/privada en la asistencia a la enfermedad mental.

Más de 3.000 personas se añaden cada año a la nómina de discapacidad psíquica sólo en la Comunidad de Madrid. Según las últimas estadísticas oficiales publicadas por la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad de la Consejería de Políticas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid correspondientes al año 2017, el colectivo reconocido con mayor grado de discapacidad son las personas con enfermedad psíquica (86.112), seguidas de las personas con discapacidad osteoarticular (84.666) y en tercer lugar con discapacidad neuromuscular (38.582).

Lo primero que llama la atención es que las dos primeras discapacidades duplican ampliamente a la tercera y siguientes de los 13 grados que identifica la estadística. Y de todas ellas, es decir, de un colectivo de 349.897 personas, la salud mental acapara ampliamente el mayor número de personas con enfermedad.

Liderazgo de la enfermedad mental

Con el uso y abuso de las nuevas tecnologías, y con el aumento de los problemas sistémicos en torno al ámbito familiar y social, los especialistas en salud mental intuimos que desgraciadamente la discapacidad psíquica va a seguir liderando el ranking en la Comunidad de Madrid y me atrevo a decir que en todas partes. Los datos también lo revelan: en los últimos siete años se han registrado 23.382 nuevas personas con discapacidad psíquica; esto es, se ha pasado de 62.730 casos en 2011 a los 86.112 de 2017; es decir, 3.340 nuevas personas con enfermedad de media anual.

Está claro que, frente a este panorama, la sanidad pública hace un esfuerzo ejemplar en intentar cubrir todas las necesidades asistenciales de estas personas. Pero está claro también que, con el incremento de este colectivo, antes o después se tendrá que contar con el apoyo estrecho de servicios privados que completen la acción pública, puesto que el presupuesto público en asistencia sanitaria no da mucho más de sí.

Colaboración necesaria

Cuanto antes se entienda que la colaboración pública-privada en salud mental es absolutamente necesaria, antes mejoraremos la eficiencia del sistema. No olvidemos que el sistema deja de ser útil a la sociedad si realmente la sociedad no aprovecha sus beneficios. Y son muchas las personas que, por muy diferentes razones, prefieren la atención privada a la pública, y eso hay que respetarlo.

En este sentido, la iniciativa privada es un plus incuestionable porque, además de desinflar las listas de espera pública y de evitar ingresos hospitalarios de alto coste público, comparten pacientes y aportan más visiones a la gestión y al tratamiento de las personas con discapacidad psíquica.

El cheque servicio

El cheque servicio que ofrece la Comunidad de Madrid es un buen ejemplo colaborativo, aunque no se le está sacando todo el provecho que se debería. La persona beneficiaria busca en el sector privado el recurso que más le interesa y la Comunidad de Madrid le ayuda a financiar su coste con una cuantía mensual que depende del grado de su dependencia y de su capacidad económica.

Son los Servicios Sociales del lugar donde la persona está empadronada los que realizan la tramitación. Una vez que la persona ya tiene asignado un grado de dependencia, en un plazo máximo de seis meses recibe la resolución indicando la cuantía económica concedida.

La inmensa mayoría de personas con discapacidad psíquica y sus familias no conocen que existen estos cheques servicio. Y es una lástima, porque las ayudas son importantes según el grado de dependencia y permiten que las familias con menos recursos económicos puedan acceder a plazas privadas, lo que a su vez favorece la libertad de elección y reduce la presión sobre el sistema público. En estos pisos tutelados privados los enfermos con discapacidad psíquica viven totalmente integrados en comunidades de vecinos y cuentan con todos los servicios necesarios de forma accesible y con atención personalizada.

El copago y la colaboración pública-privada que la Ley de Dependencia contempla debería ampliar su perímetro asistencial más allá del cheque servicio.

Por ejemplo, podría dotar con mayores prestaciones económicas otros aspectos que en salud mental son importantes, como por ejemplo: aumentar las ayudas domiciliarias en un momento en que cada vez encontramos a más personas solas, incrementar el copago en los viajes de ocio para que las personas con discapacidad psíquica puedan viajar más lejos, aumentar la colaboración con la empresa privada en los periodos vacacionales o en navidad teniendo en cuenta las muchas familias que vemos con una carga aumentada por los cuidados a estos pacientes en esas fechas.

La sostenibilidad del sistema en el ámbito de la salud mental pasa por incentivar más esta cooperación pública-privada. Es otra asignatura pendiente del nuevo Gobierno de la que no se habla.

Salud Mental: Croacia, España y los internamientos no voluntarios

Por Ana Villota. Publicado en Anisalud.

anisalud

Hace algunos años supimos que Croacia estaba intentando cambiar el modelo que guiaba los internamientos no voluntarios de personas con discapacidad psíquica. En 2014 Open Society publicó un informe en cierto modo esperanzador. Después de 17 años de trabajo con las autoridades, el personal sanitario y los magistrados, determinaron que había que buscar nuevas fórmulas para sustituir las estancias de larga duración en instituciones “cerradas” y, en cambio, incentivar otras alternativas más comunitarias, en línea con lo que la allí denominada Association for Promoting Inclusion venía defendiendo desde el año 1997.

Poco a poco empezó así en Croacia un nuevo “canon”, con personas que optaban por vivir solas pero con supervisión domiciliaria, por quienes vivían en pareja o en grupo en el mismo piso siempre con apoyo psicoterapéutico adaptado a sus necesidades personales. Fue así como se conocieron Kata y Bozo, que se fueron a vivir juntos a un piso tutelado en Zagreb y luego se casaron.

El impacto de vivir en pisos tutelados o con ayuda domiciliaria traspasó las fronteras de Croacia. Y en los países próximos, como Bosnia y Herzegovina, Georgia, Kosovo, Macedonia, Rumanía o Serbia, se fueron creando pisos tutelados. Había, además, otro argumento a su favor: el alto coste que representaba mantener centros especializados, más costosos que impulsar una red de pisos tutelados. En 2014, unas 400 personas podían dar el paso, salir de los centros en función de su estado e ir a vivir a domicilios supervisados.

En España, el internamiento no voluntario por razón de un trastorno psíquico se encuentra regulado por el artículo 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se considera necesario para este tipo de internamientos que esté probada la existencia de perturbación mental de la persona, que esta perturbación tenga una amplitud que legitime el internamiento, y que este internamiento no se prolongue cuando no subsiste el trastorno que lo determina. Es competente el Juzgado de Primera Instancia donde resida la persona afectada por el internamiento. El juez ha de tener en consideración también el dictamen elaborado por un médico forense.

Tras 20 años en el campo de la actividad social forense como perito judicial y de haber tratado a más de 3.000 personas con enfermedad mental, la cuestión de los internamientos no voluntarios sigue estando presente entre el colectivo de los profesionales que nos movemos aquí en este ámbito.

Afortunadamente, las medidas de amparo y protección de la persona están sobradamente desarrolladas en España y los internamientos no voluntarios están todos muy justificados. Sin embargo, la sanidad pública podría optimizar recursos si se incentivaran más la ayuda domiciliaria y los pisos tutelados.

Se han visto situaciones muy complicadas, como por ejemplo el hecho de que a una persona se la prive de libertad interviniendo la policía y con el consiguiente efecto traumático para estas personas con alguna enfermedad y sus familias.

Hay algo que los profesionales de la salud mental tenemos muy claro: el diagnóstico de estas enfermedades unido a otros criterios, como son la falta de conciencia de enfermedad o la necesidad de tratamiento farmacológico, aconsejan acciones preventivas. En este sentido, que estos pacientes residan en pisos especializados donde se vele por sus cuidados es una solución intermedia abierta y flexible para muchas personas.

En Croacia tardaron 17 años en darse cuenta de esto. A veces me pregunto si, después de 20 años ejerciendo en España, la situación aquí es muy distinta de la de allí. Y siempre me viene la misma respuesta: el tiempo no lo cura todo, la prevención muchas veces sí.

Salud Mental: ¿por qué evitar la falta de protección hasta que se determina la Incapacidad Legal?

Por Ana Villota. Publicado en Acta Sanitaria.

actasanitaria

Después de veinte años en el campo de la actividad social forense como perito judicial y de haber tratado a más de 3.000 personas discapacitadas por enfermedad mental, podemos hacer un balance sobre cómo abordar la incapacidad legal de este colectivo, valorar los aspectos muy positivos y algunos que todavía podrían mejorar, y particularmente acerca de la necesidad de que los familiares y allegados de estas personas conozcan mejor la figura de la incapacitación legal como mecanismo de protección.

Los procesos de Incapacidad Legal están regulados tanto por el Código Civil como por la Ley de Enjuiciamiento Civil. En el primero de ellos, en su artículo 199, leemos: “Nadie puede ser declarado incapaz sino por sentencia judicial en virtud de las causas establecidas por la Ley”.

Estos procedimientos se relacionan con aquellas enfermedades o patologías persistentes, de etiología física o psíquica, que, en definitiva, impiden a la persona autogobernarse. Podemos definir autogobierno como la capacidad de una persona para administrar sus intereses (materiales o morales) y, como consecuencia, la guarda de sí mismo.

Criterios a valorar

¿Pero qué criterios objetivos establecemos para valorar el aspecto psíquico de la persona en estos procesos?

Desde un punto de vista psico-social, el autogobierno puede ser muy diverso: patrimonial (por ejemplo, el manejo de su economía), adaptativo (la gestión de su salud) o personal (su independencia para cubrir necesidades básicas inmediatas como la alimentación o la higiene).

Estos aspectos, que pueden ser complementarios entre sí, están siendo muy bien amparados por el Poder Judicial. Y podríamos señalar que existe un gran consenso entre los magistrados y los profesionales forenses sobre las pautas que guían los procesos de incapacitación legal.

Por otro lado, la evaluación forense psicológica investiga también además distintos criterios para determinar si una persona podría estar dentro de un supuesto de incapacitación. Por ejemplo, si sus anomalías son persistentes en el tiempo, aun siendo en algunos casos cíclicas (criterio cronológico); si afectan al conocimiento con el que la persona realiza sus actos y al juicio para desempeñarlos con libertad volitiva (criterio psicopatológico); y, por supuesto, atendiendo a los requerimientos de la Ley sobre el autogobierno (criterio jurídico).

Características concretas

La Psicología Forense utiliza varias técnicas según las características concretas de cada caso. Por un lado, realizamos entrevistas de evaluación psicológica individuales y familiares, también intervenimos si procede en los centros residenciales, y hacemos una evaluación psicológica mediante pruebas operativas (escalas de inteligencia, desarrollo mental, técnicas proyectivas). Por otra parte, llevamos a cabo estudios de anamnesis de la persona con observación directa o indirecta; y establecemos la coordinación con los diferentes centros y profesionales que tienen relación con el caso.

En los procesos de Incapacitación por Salud Mental, otra de las peculiaridades ante las que se encuentra la Psicología Forense es la susceptibilidad de graduación. Y ello es así porque la incapacidad puede ser absoluta (la persona es totalmente incapaz de autogobernarse y ello exige una tutela) o parcial (incapacidad de autogobierno media; es decir, para ciertas áreas, lo que se traduce en la denominada curatela).

En el trabajo diario, los profesionales psico-sociales forenses detectamos casos de personas con discapacidad que presentan dificultades en su autocuidado personal y de su propia salud con el consiguiente agravio que podría suponer para su persona.

También vemos muy a menudo las limitaciones que tienen estas personas para gestionar sus propios bienes, poniendo en peligro su patrimonio; y cómo pululan a su alrededor otras personas aprovechándose de su enfermedad. Aquí, una vez más, el papel del trabajador social forense es clave para la futura protección de la persona.

Idoneidad del tutor

Igualmente aquí es esencial esta figura profesional para proponer la idoneidad del Tutor o Curador. En estos casos elaboramos un informe que puede contemplar aspectos relacionados con la situación sociocultural, económica y familiar de la persona con enfermedad mental, evaluando las dificultades o capacidades y determinando el tipo de ayuda que requieren, así como qué familiar o persona puede ser la más adecuada para ejercer la tutela entendiendo que el tutor siempre ha de velar por los intereses del incapacitado. Y, por supuesto, estudiamos que no haya intereses en conflicto que puedan interferir en la adecuada gestión de dicha tutela.

Nuestros informes son presentados en los juzgados y es el juez el que determina la incapacidad de la persona: la curatela con una protección parcial en un aspecto determinado, o la tutela para la incapacidad total por nula capacidad de autogobierno. Ambas son figuras revisables.

Entre las mejoras a subrayar podríamos señalar la demora de estos procesos de incapacitación legal en algunos casos de hasta uno a dos años. Durante ese tiempo la persona que requiere la tutela legal está en estado de indefensión hasta que se dicta la sentencia, por lo que habría que dotar de más medios económicos a los juzgados para que puedan agilizar estos procesos.

Es un nuevo reto que magistrados, profesionales forenses y personas con enfermedad mental agradecerán.